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Crear empresa en Colombia — Guía 2026

Cómo crear empresa en Colombia en 2026: persona natural o SAS

Crear empresa en Colombia es rápido; lo que conviene pensar con calma es la forma jurídica y el régimen tributario, porque de eso depende cuánto arriesga su patrimonio y cuánto paga de impuestos.

La mayoría de emprendedores en Colombia se formalizan de dos maneras: como persona natural comerciante, inscrita en el registro mercantil, o creando una sociedad por acciones simplificada (SAS). Las dos son válidas y la elección depende del riesgo, de los socios y de cómo piensa crecer.

Esta guía explica el orden práctico: decidir la forma, registrarse en la Cámara de Comercio, obtener el RUT en la DIAN y habilitar la facturación electrónica. Tarifas, formularios y plazos cambian; confírmelos con su Cámara de Comercio y en dian.gov.co antes de empezar.

Persona natural o SAS: cómo decidir

Como persona natural comerciante, usted y su negocio son la misma persona ante la ley: las deudas del negocio pueden cobrarse con su patrimonio personal. Es la opción más sencilla y barata para empezar, con menos obligaciones contables, y suele encajar con negocios pequeños de un solo dueño.

La SAS, regulada por la Ley 1258 de 2008, puede constituirla una sola persona o varias, naturales o jurídicas, y los accionistas responden solo hasta el monto de sus aportes, salvo casos de fraude o abuso previstos en la ley. Una vez inscrita en el registro mercantil, es una persona jurídica distinta de sus dueños. Es la forma más usada para emprendimientos que quieren socios, inversión o separar el patrimonio.

La SAS tiene más costos y obligaciones: contabilidad formal, declaraciones de la sociedad y, según su tamaño, revisor fiscal. Si hoy factura poco y trabaja solo, empezar como persona natural y pasar a SAS cuando crezca es una estrategia razonable.

Cómo crear una SAS en Colombia paso a paso

Primero, verifique que el nombre esté disponible consultando el Registro Único Empresarial y Social (RUES). Segundo, redacte el documento de constitución. La ley permite crear la SAS mediante documento privado, sin escritura pública, siempre que incluya como mínimo los datos de los accionistas, la razón social seguida de las letras S.A.S., el domicilio, el término de duración, las actividades, el capital y la forma de administración.

Tercero, tramite el pre-RUT ante la DIAN, que en muchos casos se gestiona en la propia Cámara de Comercio durante el registro. Cuarto, presente el documento en la Cámara de Comercio del domicilio principal, pague el impuesto de registro y los derechos de matrícula, y obtenga el certificado de existencia y representación legal. Quinto, con el certificado, abra la cuenta bancaria de la sociedad y formalice el RUT definitivo.

Muchas cámaras permiten hacer el trámite en línea o en sus Centros de Atención Empresarial, que agrupan en una ventanilla el registro, el RUT y otros pasos. Pregunte en su cámara cuál es el canal más rápido.

Registro como persona natural y el RUT

Si opta por persona natural, se inscribe en la Cámara de Comercio como comerciante y, si tiene local, registra también el establecimiento de comercio. Antes o durante el proceso necesitará el RUT, el Registro Único Tributario de la DIAN, que identifica sus responsabilidades tributarias.

Revise con cuidado las actividades económicas y las responsabilidades que quedan en su RUT, como ser responsable de IVA o estar en el régimen SIMPLE. Un RUT mal diligenciado genera obligaciones que usted no esperaba o le impide facturar correctamente.

Facturación electrónica y régimen SIMPLE

Quien está obligado a facturar debe hacerlo de forma electrónica y habilitarse ante la DIAN antes de expedir la primera factura. Puede usar la solución gratuita que ofrece la DIAN o un proveedor tecnológico. Planee este paso con tiempo: sin habilitación no podrá facturarle a clientes que exigen factura electrónica.

El Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) reúne varios impuestos en un pago y está pensado para pequeños negocios. Según el Estatuto Tributario, pueden inscribirse personas naturales que desarrollen una empresa y sociedades cuyos socios sean personas naturales, con ingresos brutos del año anterior inferiores a 100.000 UVT, además de otras condiciones. El valor de la UVT cambia cada año y ciertas actividades tienen reglas propias, así que verifique en la DIAN si le conviene frente al régimen ordinario.

Obligaciones que llegan después de crear la empresa

El Código de Comercio exige renovar la matrícula mercantil cada año dentro de los tres primeros meses. Súmele las declaraciones tributarias según sus responsabilidades en el RUT, la afiliación a seguridad social si contrata personal y, según la actividad y el municipio, permisos de uso de suelo, bomberos o sanitarios.

Separe desde el primer día las cuentas personales de las del negocio, aunque sea persona natural. Y lleve un calendario con las fechas de la DIAN, que dependen de los últimos dígitos de su NIT.

Tener la empresa creada no trae clientes por sí solo. En WOW Mentor hay briefings sobre cómo llegan realmente los primeros clientes y sobre los hábitos que sostienen un negocio rentable, en audio en inglés con transcripción completa.

Checklist para hoy

  • 1.Decida entre persona natural y SAS según riesgo, socios y planes de crecimiento.
  • 2.Verifique en el RUES que el nombre esté disponible y redacte el documento de constitución.
  • 3.Registre la empresa en la Cámara de Comercio y obtenga el certificado y el RUT con las responsabilidades correctas.
  • 4.Habilítese para facturación electrónica ante la DIAN antes de su primera venta con factura.
  • 5.Agende la renovación de la matrícula antes del 31 de marzo y las fechas de la DIAN según su NIT.

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Audio en inglés con transcripción completa.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta crear una SAS en Colombia?

El costo principal son el impuesto de registro y los derechos de matrícula, que dependen del capital o de los activos declarados, además de los honorarios de asesoría si la contrata. Pida la liquidación a su Cámara de Comercio antes de radicar el trámite.

¿Necesito notario para crear una SAS?

En general no hace falta escritura pública: la Ley 1258 de 2008 permite constituirla por documento privado inscrito en la Cámara de Comercio. La escritura se exige cuando se aportan bienes cuya transferencia la requiere, como inmuebles. Las firmas sí deben quedar reconocidas; su Cámara le indicará si basta con presentarse personalmente o si debe autenticarlas.

¿Una SAS puede tener un solo accionista?

Sí. La ley permite que la SAS la constituya una sola persona natural o jurídica, que responde solo hasta el monto de sus aportes.

¿Los briefings de WOW Mentor están en español?

No. Los audios están en inglés (y en coreano) e incluyen transcripción completa. Las guías escritas como esta están en español y son gratuitas.

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